Resumen

El Reglamento de Montes establece la obligacgión de revisar, cada cinco años, las obras de correción hidrológico-forestal para obtener conclusiones sobre su funcionamiento real y descubrir posibles rectificaciones "que habrán de justificarse para el futuro". Pero esa evaluación no solo permite detectar causas de ruina, onecesidades de reparación. Este artículo expone dos conclusiones de interés hidrológico general que pueden obtenerse del examen de la pendiente de compensación alcanzada en diques de corrección. Por un lado, puede calcularse la pendiente de compensación precisa para futuras obras de corrección, mediante la fórmula propuesta por el Doctor Ingeniero de Montes D. Antonio Pérez-Soba Baró, fórmula cuya demostración no se conocía hasta este trabajo. Esa misma demostración revela que la pendiente de compensación real alcanzada en un dique permite determinar valores de los parámetros usados en las fórmulas empíricas de cálculo de caudales.