Errores ortográficos en el uso del Sistema Internacional de Unidades de Medida
Resumen
El uso del Sistema Internacional de Unidades de Medida1 es obligatorio en España desde 1985. La publicación de la traducción al español de la novena edición del SI (BIPM, 2019a), es un buen motivo para pasar revista a las modificaciones introducidas y también para exponer con ejemplos una serie de errores ortográficos cometidos antes de esta edición.
1. INTRODUCCIÓN
El lector avisado puede preguntarse acerca de la razón, por no hablar de la necesidad, del presente artículo si se tiene en cuenta que el uso del SI es legal en España desde 1967, obligatorio en 1985 y que a partir del Real Decreto 2 2032/2009 existen unas «Reglas de escritura de los símbolos y nombres de las unidades, de expresión de los valores de las magnitudes y para la formación de los múltiplos y submúltiplos decimales de las unidades del SI» publicadas en el Anexo de la Corrección de errores y erratas del Real Decreto 2032/2009 ….
La publicación de la 9.ª edición del SI en francés 3 e inglés ha supuesto la de la Directiva (UE) 2019/1258 y, a su vez, su transposición por el RD 0493/2020, finalizando así el proceso de incorporación al Derecho español de la citada edición.
Un paso adelante «con el fin de acercar el nuevo SI a la sociedad», en palabras del Centro Español de Metrología (CEM), ha sido la publicación de la traducción (BIPM, 2019a), tanto en formato impreso como electrónico. Sería deseable que este paso fuese el primero de otros que supongan la difusión institucional de SI y la exigencia de su uso correcto.
Ese acercamiento es urgente como lo prueba el apartado 12 Errores y erratas en el empleo del SI . La ortografía de los números, de las unidades de medida, de sus símbolos y sus prefijos de un sistema de unidades que es independiente del idioma del usuario debería exigir, cuando menos, el mismo rigor en su aplicación que la ortografía de las palabras.
2. LA SINGULARIDAD DE LA NOVENA EDICIÓN DEL SI
En esta edición y por primera vez en la historia del SI y del Convenio del Metro, en cumplimiento la Resolución número 1 ( Sobre la revisión del Sistema internacional de unidades (SI) 4 de la 26.ª Conferencia General de Pesas y Medidas (Versalles, 2018-11-13/16 5 ) (BIPM, 2019a, Anexo 1, p. 87-90), las siete unidades básicas pasan a ser definidas mediante siete constantes físicas fundamentales, abandonando así el empleo de objetos de referencia. Las siete constantes son las de la tabla 1 6 ; los valores numéricos de todas ellas proceden del CODATA ( Committee on Data for Science and Technology ) (2018).
La resolución citada, tras la definición de las constantes que aparecen en la tabla anterior, añade: «donde las unidades hercio, julio, culombio, lumen y vatio, que tienen respectivamente por símbolo Hz, J, C, lm y W, están relacionadas con las unidades segundo, metro, kilogramo, amperio, kelvin, mol y candela, que tienen respectivamente por símbolo s, m, kg, A, K, mol y cd, según las relaciones Hz = s –1 , J = kg·m 2 ·s –2 , C = A·s, lm = cd·m 2 ·m –2 = cd·sr y W = kg·m 2 ·s –3 ».
La traducción española de la nueva definición de las unidades básicas se encuentra en BIPM, 2019a, p. 16 a 21.
La tabla 2 resume las relaciones entre las unidades básicas y las constantes físicas. Obsérvese que el orden no es el tradicional, debido al procedimiento de definición de las unidades: cada unidad, a excepción de la unidad segundo , se define a partir de constantes físicas indicado en la tabla con un asterisco (*) y de alguna o algunas de las unidades definidas previamente.
La tabla 3 (basada en BIPM, 2019a, p. 16 y 22) presenta las siete magnitudes básicas, sus símbolos y los de sus dimensiones, así como las unidades básicas y sus símbolos.
3. LOS LEGISLADORES DE NORMAS DE EMPLEO DEL SI
Cabe distinguir dos legisladores según su ámbito competencial: por una parte la Unión Europea, que ha empleado exclusivamente la directiva como instrumento legislativo (véase el apartado 3.1 a continuación) lo que ha exigido la transposición al Derecho de cada Estado miembro y por otra el Gobierno de España, que ha empleado diversos instrumentos legislativos, tal y como se indican en el apartado 3.2.
3.1. Marco legal de la Unión Europea
El marco de la legislación de la actual Unión Europea 7 en relación con las unidades de medida, lo conforman una serie de directivas cuyo objetivo ha sido «la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre unidades de medida» 8 .
La primera directiva fue la 71/354/CEE, modificada por la 76/770/CEE tras el ingreso el uno de enero de 1973 de Irlanda y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
La Directiva 80/181/CEE no sólo derogó la 71/354/ CEE, sino que, con sus modificaciones 9 , sigue siendo la directiva de referencia.
El Anexo de esta directiva está organizado en cuatro capítulos. De acuerdo con el artículo 1 de la directiva, solo los dos primeros presentan las unidades que pueden utilizarse sin fecha de caducidad 10 . Se corresponde con la redacción del artículo 1:
«Las unidades de medida legales a los efectos de la presente Directiva que deberán utilizarse para expresar las magnitudes son:
- Las recogidas en el Capítulo I del Anexo.
- Las recogidas en el Anexo, capítulo II, únicamente en aquellos Estados miembros en que estuvieran autorizadas el 21 de abril de 1973. (Modificado por las directivas 89/617/CEE y 2009/003/CE).
- Las recogidas en el capítulo III del Anexo, únicamente en aquellos Estados miembros en que estuvieran autorizadas el 21 de abril de 1973 y hasta una fecha que establezcan esos Estados miembros. Esta fecha no podrá ser posterior al 31 de diciembre de 1994. (Modificado por la Directiva 89/617/CEE).
- Las recogidas en el capítulo IV del Anexo únicamente en aquellos Estados miembros en que estuvieran autorizadas el 21 de abril de 1973 y hasta una fecha que establezcan esos Estados miembros. Esta fecha no podrá ser posterior al 31 de diciembre de 1999. (Añadido por la Directiva 89/617/CEE)».
3.2. Marco legal español: de la voluntariedad (1967) a la obligación (1985)
La primera referencia legal española al SI ha cumplido más de medio siglo: se trata de la Ley 88/1967, que en su artículo primero decretaba: «Se declara de uso legal en España el denominado Sistema Internacional de Unidades de Medida, en abreviatura S. I. …».
Esta ley fue derogada por la Ley 03/1985, de la que se subrayan dos textos:
- El apartado 1 del artículo segundo: «Son Unidades Legales de Medida las unidades básicas, suplementarias y derivadas del Sistema Internacional de Unidades (SI), adoptado por la Conferencia General de Pesas y Medidas».
- El apartado 1 del artículo quinto: «El Sistema Legal de Unidades de Medida es de uso obligatorio en todo el territorio del Estado Español».
La Ley 03/1985 fue modificada por el RD Legislativo 1296/1986, que, entre otros aspectos, estableció el control metrológico CEE.
Tres años después, el RD 1317/1989 11 , inicia un modelo de presentación de las unidades, explicado en los apartados 2 y 3 de su artículo único:
«1. El Sistema Legal de Unidades de Medida obligatorio en España es el sistema métrico decimal de siete unidades básicas, denominado Sistema Internacional de unidades (SI), adoptado por la Conferencia General de Pesas y Medidas y vigente en la Comunidad Económica Europea.
2. Quedan relacionadas y definidas en el anexo al presente Real Decreto las unidades SI básicas y suplementarias (capítulo I), las unidades SI derivadas (capítulo II) y las reglas para la formación de los múltiplos y submúltiplos de dichas unidades (capítulo III).
3. Queda asimismo autorizado el empleo de las unidades recogidas en el capítulo IV del citado anexo».
Este RD experimentó una ligera modificación por el RD 1737/1997: la inclusión de cuatro prefijos y el paso del radián y del estereorradián a unidades derivadas adimensionales.
El RD 1317/1989 fue derogado por el ya citado RD 2032/2009. La corrección de errores y erratas de este RD supuso la publicación de un nuevo Anexo 12 , anexo que ha sido modificado por el RD 0493/2020 en los siguientes puntos (los números romanos indican los capítulos): I.2; II Tabla 3 nota (e); III.1.6; III.2.8 y III.2.9.
Las publicaciones, tanto de la Ley 32/2014, que derogó la Ley 03/1985, como del RD 0244/2016, por el que se desarrolla la citada ley no supusieron modificación del Anexo del RD 2032/2009.
Para finalizar la revisión de la normativa, la revisión de los patrones nacionales de medida tanto de las unidades básicas como de las derivadas se encuentra en la Orden ICT/149/2020.
4. LAS ORGANIZACIONES PRODUCTORAS DE NORMAS DE ORTOGRAFÍA DE UNIDADES
Como productoras de normas se debe entender a las organizaciones internacionales o nacionales redactoras, editoras, traductoras o adaptadoras de normas, cuyos productos deben conseguir posteriormente validez legal en los países miembros de cada una de ellas. Desde el punto de vista del espacio geográfico de su competencia, se consideran tres ámbitos, a saber: el internacional, el de la Unión Europea y el español.
4.1. Ámbito internacional
El Comité Conjunto para las Guías en Metrología ( Joint Committee for Guides in Metrology , JCGM) responsable de las publicaciones (se citan los títulos de la traducción española) Evaluación de datos de medición: Guía para la expresión de la incertidumbre de medida (JCGM 100:2008) y del Vocabulario Internacional de Metrología (JGM, 200:2012) agrupa las ocho organizaciones internacionales siguientes:
- Bureau International des Poids et Mesures 13 (BIPM). La Oficina Internacional de Pesas y Medidas (OIPM) depende del Comité Internacional de Pesas y Medidas (CIPM) que, a su vez, depende de la Conferencia General de Pesas y Medidas (CGPM). Esta Oficina es la encargada de la publicación de las cuatro primeras ediciones de Le Système International d’Unités (figura 1) desde 1970 hasta 1985 y de la serie bilingüe Le Système International d’Unités. The International System of Units a partir de la quinta edición (1986).
- International Electrotechnical Commission (IEC). El IEC Technical Committee 25 es el Comité Técnico de Magnitudes y Unidades.
- International Federation of Clinical Chemistry and Laboratory Medicine (IFCC).
- International Laboratory Accreditation Cooperation (ILAC).
- International Organization for Standardization (ISO). El ISO Technical Committee 12 es el Comité Técnico de Magnitudes y unidades.
- International Union of Pure and Applied Chemistry (IUPAC) (véase Cohen et al. , 2008).
- International Union of Pure and Applied Physics (IUPAP) (véase Cohen y Giacomo, 1987).
- Organisation internationale de métrologie légale (OIML).
4.2. Ámbito de la Unión Europea
En este ámbito existen dos comités:
- Comité Europeo de Normalización (CEN). Símbolo del producto: EN ( European Norm ).
- Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (CENELEC).
4.3. Ámbito español
En España la legislación sobre pesas y medidas es competencia exclusiva del Estado (art. 149.12º de la Constitución Española). La articulación práctica se produce mediante dos organizaciones, una pública y otra privada:
- Centro Español de Metrología (CEM), dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
- Asociación Española de Normalización (UNE) 14 . Símbolo del producto: UNE (Una Norma Española). Traduce las normas ISO al español, tras lo cual adquieren su carácter normativo tras la publicación del título de la norma en el BOE.
5. DOCUMENTOS EN ESPAÑOL QUE INCLUYEN REGLAS DE ESCRITURA DEL SI
Se pueden citar seis, de los que los dos últimos deberán ser actualizados:
- BIPM. 2006a. El Sistema Internacional de Unidades SI . BIPM. 8.ª edición. 3.ª edición en español. 2013.
- BIPM. 2019a. El Sistema Internacional de Unidades. 9ª Edición.
- RD 2032/2009 (corrección de errores y erratas).
- RD 0493/2020.
- La traducción española de las normas ISO 80000. Quantities and units : UNE-EN 80000 (partes 06 y 13) 15 y UNE-EN ISO 80000 (partes 01, 02, 03, 04, 05, 08, 09, 10, 11 y 12) 16 .
- Centro Español de Metrología. 2013. Recomendaciones del Centro Español de Metrología para la enseñanza y utilización del Sistema Internacional de unidades de medida .
- Centro Español de Metrología. S.f. Resumen de Reglas de escritura para artículos técnicos .
Al hablar de reglas de escritura, es de justicia citar a la Real Academia Española (RAE) y en particular a cuatro de sus publicaciones: la Nueva gramática de la lengua española (2010a), la Ortografía de la lengua española (2010b) (En concreto el Capítulo VIII. La ortografía de las expresiones numéricas ), el Diccionario de la lengua española (2014, 23.ª edición) y el Libro de estilo de la lengua española según la norma panhispánica (2018). Las casi 7500 páginas del conjunto conforman una herramienta de comunicación imprescindible para una transmisión de calidad de la información escrita.
6. REGLAS ORTOGRÁFICAS RELACIONADAS CON EL SI
6.1. Algunos conceptos básicos sobre el SI
El SI es un «Sistema de unidades basado en el Sistema Internacional de Magnitudes 17 , con nombres y símbolos de las unidades, incluyendo una serie de prefijos con sus nombres y símbolos, así como reglas para su utilización, adoptado por la Conferencia General de Pesas y Medidas (CGPM)» (UNE-EN ISO 80000-1:2014, p. 15).
Como sistema de unidades en el que sus símbolos son independientes del idioma empleado, es imprescindible mantener el máximo rigor ortográfico en su utilización.
Existen cuatro conceptos vinculados: magnitud, valor de una magnitud, valor numérico de una magnitud y unidad de medida del valor numérico de la magnitud. Estas son sus definiciones, procedentes también de UNE-EN ISO 80000-1:2014 (págs. 10, 16, 17 y 18)
- magnitud : Propiedad de un fenómeno, cuerpo o sustancia, que puede expresarse cuantitativamente mediante un número y una referencia.
- valor de una magnitud, valor : Conjunto formado por un número y una referencia, que constituye la expresión cuantitativa de una magnitud.
- valor numérico de una magnitud, valor numérico : Número empleado en la expresión del valor de una magnitud, diferente del utilizado como referencia.
- unidad de medida, unidad : Magnitud escalar real, definida y adoptada por convenio, con la que se puede comparar cualquier otra magnitud de la misma naturaleza para expresar la relación entre ambas mediante un número.
6.2. Reglas de básicas de escritura del SI
Las fuentes del texto del resto del punto 6 son dos: el Capítulo III del Anexo corregido del RD 2032/2009 y el apartado 5.4 Reglas y convenios de estilo para expresar los valores de las magnitudes (BIPM, 2019a, pp. 35-39).
La expresión de los valores de las magnitudes se realiza empleando únicamente unidades del SI o unidades reconocidas para su empleo con el SI.
6.2.1. Símbolos de la multiplicación y la división
El apartado 1.4 del Capítulo III del Anexo antes citado dice así: «Para formar los productos y cocientes de los símbolos de las unidades, se aplican las reglas habituales de multiplicación o de división algebraicas. La multiplicación debe indicarse mediante un espacio o un punto centrado a media altura (⋅), para evitar que ciertos prefijos se interpreten erróneamente como un símbolo de unidad. La división se indica mediante una línea horizontal, una barra oblicua (/), o mediante exponentes negativos. Cuando se combinan varios símbolos de unidades, hay que tener cuidado para evitar toda ambigüedad, por ejemplo utilizando corchetes o paréntesis, o exponentes negativos. En una expresión dada sin paréntesis, no debe utilizarse más de una barra oblicua, para evitar ambigüedades».
Por otra parte, en el apartado 5.4.6 Multiplicación y división de símbolos de magnitudes, valores de magnitudes y números de la traducción al español de la 9.ª edición del SI (BIPM, 2019a, p. 38) se lee: «Cuando se multiplican o dividen símbolos de magnitudes, puede emplearse cualquiera de las formas escritas siguientes: ab, a b, a·b, a×b, a/b, a/b , a b -1 .
Cuando se multiplican valores de magnitudes, debe utilizarse, bien un signo de multiplicación, ×, bien paréntesis (o corchetes), pero no el punto a media altura (centrado). Cuando se multipliquen solo números, debe utilizarse únicamente el signo de multiplicación, ×.
Cuando se dividen valores de magnitudes mediante una barra oblicua, deben emplearse paréntesis para evitar toda ambigüedad» 18 .
- Magnitudes (símbolos): letra cursiva. Si se trata de magnitudes vectoriales, cursiva negrita.
- Unidades: «Los nombres de las unidades se imprimen en caracteres romanos (rectos) y se consideran como nombres (sustantivos) comunes, empiezan por minúscula (incluso cuando su nombre es el de un científico eminente y el símbolo de la unidad comienza por mayúscula), salvo que se encuentren situados al comienzo de una frase o en un texto en mayúsculas, como un título» 19 .
- Unidades (símbolos): letra redonda.
- Prefijos de los símbolos de las unidades: letra redonda.
- Valores numéricos de las magnitudes: letra redonda.
- Superíndices y subíndices: letra redonda si son de carácter descriptivo; cursiva en caso contrario.
6.3. Magnitudes
- Debe distinguirse sin posibilidad de error el objeto de la magnitud que lo describe.
- Se les puede incorporar información adicional mediante subíndices y superíndices.
6.4. Unidades de medida
- En cualquier expresión, sólo se emplea una unidad.
- Los nombres de las unidades no admiten abreviaciones.
- Los nombres de las unidades no admiten operaciones matemáticas.
- Los nombres o los símbolos de las unidades no se mezclan con la información.
- Los nombres y los símbolos de las unidades no se mezclan entre sí.
6.5. Símbolos de las unidades de medida
Para mantener la independencia de los símbolos del idioma en el que se emplean, es necesario respetar estrictamente las siguientes normas:
- Los símbolos de las unidades no admiten abreviaciones.
- Los símbolos de las unidades no admiten el plural.
- Los símbolos de las unidades no admiten el punto y seguido salvo que se trate de uno ortográfico (final de una frase).
- Los símbolos de las unidades no admiten subíndices ni cualquier otra información.
- Los símbolos de las unidades se tratan como entidades matemáticas.
6.6. Prefijos de las unidades de medida y sus símbolos
- Los prefijos decimales de los símbolos de las unidades indican los múltiplos o submúltiplos decimales de éstas. Son los que aparecen en la tabla 8.
- No se admiten los prefijos compuestos ni su uso sin el símbolo de la unidad.
- No se deja espacio entre el símbolo del prefijo y el de la unidad, de forma que el conjunto constituye un nuevo símbolo de unidad. Este nuevo símbolo de unidad puede ser objeto de combinación con otros símbolos o de potenciación positiva o negativa.
- El nombre del prefijo y el de la unidad forman una sola palabra.
6.7. Valores numéricos de las magnitudes
- El valor numérico se expresa empleando únicamente los números arábigos.
- El valor numérico precede siempre al símbolo de la unidad y entre ambos debe existir un espacio en blanco.
- La modificación por el RD 0493/2020 del apartado 2.8 sobre el símbolo del separador decimal (entre la parte entera y la decimal) dice: «puede ser la coma o el punto, en la propia línea de escritura. Preferiblemente se utilizará la coma, siempre que la tecnología y las aplicaciones donde se utilicen lo permitan» 20 .
- Recomendación. En la modificación por el RD 0493/2020 del apartado 2.9 del Capítulo III del Anexo (corregido) del citado RD 2032/2009 se lee «Los números con muchas cifras pueden repartirse en grupos de tres cifras separadas por un espacio, a fin de facilitar la lectura. Estos grupos no se separan nunca por puntos ni por comas. Sin embargo, cuando no hay más que cuatro cifras delante o detrás del separador decimal, es usual no insertar un espacio y dejar una única cifra suelta» 21 .
7. EXPRESIÓN DE LA INCERTIDUMBRE DE MEDIDA ASOCIADA AL VALOR DE UNA MAGNITUD
De acuerdo con la traducción española de la 9.ª edición del SI (p. 37) «La incertidumbre asociada al valor estimado de una magnitud debe evaluarse y expresarse de acuerdo con el documento JCGM 100:2008 (GUM 1995 con ligeras correcciones), Evaluación de los datos de medición - Guía para la expresión de la incertidumbre de medida . La incertidumbre típica asociada a una magnitud x se designa como u(x) . Una forma conveniente de representar la incertidumbre típica se muestra en el siguiente ejemplo:
m n = 1,674 927 471 (21)×10 –27 kg
donde m n es el símbolo de la magnitud (en este caso la masa de un neutrón 22 ) y el número entre paréntesis el valor numérico de la incertidumbre típica del valor estimado de m n , referida a las dos últimas cifras del valor indicado; en este caso u ( m n ) = 0,000 000 21×10 -27 kg. Si se usa una incertidumbre expandida U ( x ) en lugar de la incertidumbre típica u ( x ), entonces deben indicarse la probabilidad de cobertura p y el factor de cobertura k ».
8. LA UNIDAD UNO
En el apartado 2.6 del Capítulo II del Anexo (corregido) del citado RD 2032/2009 se lee: «Ciertas magnitudes se definen por cociente de dos magnitudes de la misma naturaleza; son por tanto adimensionales, o bien su dimensión puede expresarse mediante el número uno (1). La unidad SI coherente de todas las magnitudes adimensionales o magnitudes de dimensión uno, es el número uno (1), dado que esta unidad es el cociente de dos unidades SI idénticas. El valor de estas magnitudes se expresa por números y la unidad «uno» no se menciona explícitamente».
Esta unidad rompe la correspondencia biunívoca magnitud-unidad, al existir diversos cocientes adimensionales de magnitudes de la misma naturaleza, por ejemplo: ángulo plano 23 , ángulo sólido, permeabilidad relativa, fracción en masa, coeficiente de rozamiento, número de Mach, de modo que es necesario indicar las magnitudes que forman el cociente.
La unidad uno no admite prefijos, pero posee varios submúltiplos. Estos submúltiplos se suelen dividir en dos grupos: uno formado por el tanto por ciento (%), que equivale a 0,01 y el tanto por mil ( o / oo ), que equivale a 0,001. Al emplearlos, hay que dejar el espacio habitual entre el valor numérico de la magnitud y el símbolo de su unidad.
El segundo grupo lo forman las cuatro abreviaciones (con cinco significados) en inglés: ppm (parts per million), pphm (parts per hundred million), ppb (parts per billion) y ppt (parts per thousand o parts per trillion) . La tabla 4 24 presenta los comentarios del texto francés (el oficial), de la traducción al español basada en este texto, de su traducción al inglés que aparece en la 9.ª edición del SI y la traducción del CEM (basada en la traducción al inglés).
Además, es importante distinguir entre las magnitudes uno genuinas y las que no siéndolo emplean estas abreviaciones. Entre las no genuinas se hallan las relacionadas con las tres magnitudes siguientes: masa, cantidad de sustancia y volumen, cuyos símbolos y unidades SI son los de la tabla 5. Es decir: concentración, concentración de cantidad de sustancia 25 , concentración másica, densidad, masa en volumen y volumen específico.
La tabla 6 26 27 , adaptada de Thompson y Taylor, op.cit. , p. 28, presenta las nueve magnitudes que son los cocientes de las variaciones con repetición de las tres magnitudes citadas tomadas de dos en dos.
9. UNIDADES SI Y SUS SÍMBOLOS
La tabla 7 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 incorpora las magnitudes, unidades, símbolos y valores incluidos en el RD 2032/2009, en los capítulos I y II de la Directiva 80/181/CEE y en la citada 9.ª edición del SI.
El resumen adopta la forma de tabla (la 7) con seis columnas:
- La primera incluye las unidades (básicas o derivadas) ordenadas alfabéticamente. Se incluye información adicional tal como su valor en unidades SI.
- La segunda corresponde al símbolo de la unidad. Es imprescindible conservar la tipografía (letra redonda o cursiva, mayúscula o minúscula).
- La tercera indica el número de la tabla de la 9.ª edición del SI en la que aparece la unidad.
- La cuarta indica el número de la tabla del Anexo corregido del RD 2032/2009 en la que aparece la unidad:
- Tabla 1. Unidades SI básicas.
- Tabla 2. Ejemplos de unidades SI derivadas coherentes expresadas a partir de las unidades básicas.
- Tabla 3. Unidades SI derivadas coherentes con nombres y símbolos especiales.
- Tabla 4. Ejemplos de unidades SI derivadas coherentes cuyos nombres y símbolos contienen unidades SI derivadas coherentes con nombres y símbolos especiales.
- La quinta indica el apartado en el que aparece la unidad dentro del capítulo I del Anexo de la Directiva 80/181/CEE y sus modificaciones.
- I.1.1. Unidades SI básicas.
- I.1.1.1. Nombre y símbolo especiales de la unidad derivada SI de temperatura en el caso de la temperatura Celsius ( Modificado por la Directiva 2009/003/CE ).
- I.1.2.3. Unidades derivadas SI con nombres y símbolos especiales ( Modificado por la Directiva 2009/003/CE ).
- La sexta es la expresión de la unidad (columna1) en unidades básicas.
La tabla 8 incluye los veinte prefijos decimales. En este caso, las fuentes pueden ser la tabla 5 del RD 2032/2009, la tabla 7 de la 9.ª edición del SI o el apartado I.1.3 de la Directiva 1999/103/CEE,
Como complemento a la tabla anterior, la tabla 9 presenta los ocho prefijos de las ocho potencias decimales del número dos publicadas en la norma UNE-EN ISO 80000- 1:2009, p. 16. Es necesario subrayar que no pertenecen al SI, pero éste recomienda su uso para distinguirlos de las potencias de diez que sí pertenecen al SI (véase BIPM, 2019a, p. 30).
10. UNIDADES NO PERTENECIENTES AL SI, SÍMBOLOS Y VALORES SI
La tabla 10 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 se puede considerar complementaria de la anterior, es decir, incorpora unidades, símbolos y valores no pertenecientes al SI pero que han sido empleados en alguna de las fuentes siguientes:
- 1860. Real orden [ de 1860-06-04. Real fontanero .
- 1971. Directiva 71/354/CEE. Apartados I.2, II.7 y III.8.1 del Anexo.
- 1976. Directiva 76/770/CEE. Apartados B.6.1 a B.6.5, B.8 y C.9 del Anexo.
- 1980. Directiva 80/181/CEE. Apartados I.2, I.3 y III del Anexo.
- 1989. Directiva 89/617/CEE. Cambia el Capítulo II de la Directiva 80/181/CEE y le añade el Capítulo IV.
- 1998. BIPM. 7e éd. Tableau 10. Exemples d’autres unités en dehors du Système international (p. 32).
- 2006a. BIPM. 8.ª ed. Tabla 9. Unidades no pertenecientes al SI, asociadas a los sistemas de unidades CGS y CGS-Gaussiano (p. 40).
- 2009. RD 2032/2009. Tabla 7. Unidades no pertenecientes al SI cuyo valor en unidades SI se obtiene experimentalmente y tabla 8. Otras unidades no pertenecientes al SI de aplicación exclusiva en sectores específicos . La tabla 6 está subsumida en la tabla 8 de la 9.ª edición del SI.
- 2019a. BIPM. 9.ª ed. Tabla 8. Unidades no SI aceptadas para su uso con las unidades SI . (p. 32).
La inclusión de las unidades en esta tabla se ha realizado empleando los criterios siguientes:
- Criterio 1: Evitar la repetición de unidades.
- Criterio 2: En caso de repetición, preferencia del valor numérico más exacto. Por esta razón se han empleado las equivalencias de las unidades británicas al SI proporcionadas por el Statutory Instrument No. 1804, 1995.
- Criterio 3: En caso de repetición y a igualdad de valores numéricos, preferencia de la fuente más reciente sobre la más antigua.
- Criterio 4: Los símbolos de las unidades británicas (el denominado British Imperial System ) proceden de la Directivas 71/354/CEE y 80/181/CEE y sus modificaciones respectivas.
- Criterio 5: Las unidades de Año = 2019 y Capítulo = T08 son unidades cuyo uso se acepta a pesar de que no pertenecen al SI.
- Criterio 6: Por razones de espacio, los signos de la multiplicación (· o ×) se emplean sin dejar un espacio a cada lado.
11. OTRAS UNIDADES NO PERTENECIENTES AL SI Y SUS VALORES SI
El conjunto de unidades del United States Customary System of Units posee dos subconjuntos: uno, el más numeroso, de unidades inglesas en nombre y valor SI iguales a los del British Imperial Sytem 57 y otro, menos numeroso, que mantiene el nombre de la unidad pero no el valor SI.
La tabla 11 58 , creada a partir del apartado B.8 (p. 45-56) de Thompson y Taylor ( op. cit. ), incluye tanto las unidades señaladas con U.S. como las que se derivan del U.S. Survey foot (en éstas el nombre va seguido de un asterisco (*)) y la unidad langley (caloría por centímetro cuadrado) empleada en medidas de la radiación solar y para cuya conversión al SI se ha utilizado el valor de la caloría termoquímica. En las medidas de volumen se indica si se trata de áridos o de líquidos. Para el signo de la multiplicación se ha empleado el mismo criterio que en la tabla anterior.
12. ERRORES Y ERRATAS EN EL EMPLEO DEL SI
Este apartado pretende dar una visión de conjunto de los diversos tipos de errores y erratas. Para ellos se han creado los cinco grupos siguientes:
- Errores en los símbolos de las unidades y en los de los múltiplos y submúltiplos.
- Errores en diccionarios.
- Errores ortográficos.
- Errores por el empleo de unidades fuera del SI y no autorizadas.
- Otros errores.
Antes de analizar casos concretos, es pertinente recordar que el SI es de uso obligatorio en toda España desde 1985. Por otra parte, la CGPM ha definido a lo largo de las diversas ediciones del SI unidades no pertenecientes al SI:
- Unidades cuyo uso es aceptado por el SI y están autorizadas,
- Unidades cuyo valor en unidades SI se obtiene experimentalmente y
- Unidades que son de aplicación exclusiva en sectores específicos.
En la 9.ª edición son las quince unidades de la tabla 8 las únicas «Unidades no SI aceptadas para su uso con las unidades SI».
12.1. Errores en los símbolos de las unidades y en los de los múltiplos y submúltiplos
Los diez submúltiplos decimales se escriben con letra minúscula. En cambio, a los diez múltiplos no se les puede aplicar una regla equivalente: siete se escriben con letra mayúscula y tres con minúscula. Además, uno de ellos (deca, da) emplea dos letras.
La tabla 12 incluye doce pares de valores en los que la única diferencia es el empleo o no de la letra mayúscula.
De los tres múltiplos que se escriben con minúscula, dos (hecto (h) y kilo (k)) son una causa constante de errores:
H Símbolo de la unidad SI derivada henrio frente a h (prefijo hecto)
K Símbolo de la unidad SI básica kelvin frente a k (prefijo kilo)
A continuación se citan cinco ejemplos de los errores mencionados en el título del apartado.
- Símbolo erróneo: Hm3 (debe decir hm 3 ). Publicado en «Anuncio [de 2017-09-14] de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir sobre el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno en relación con el aprovechamiento y distribución de la reserva de 20 Hm3 de aguas regeneradas. (BOE 228 de 2017-09-21)».
- Símbolo erróneo: Mw (debe decir MW). Publicado en «Resolución [ de 2018-02-21] n.º 293/2018 de la Dirección General de Industria y Energía, por la que se autoriza a Energías Ecológicas de Tenerife, S.A., la modificación de la instalación eléctrica denominada Parque eólico Chimiche II de 18,375 Mw, que afectará al término municipal de Granadilla de Abona y se declara, en concreto, su utilidad pública. (BOE 065 de 2018-03-15)».
- Símbolo erróneo: mw (debe decir MW). Publicado en «Resolución de 16 de noviembre de 2000, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental sobre los proyectos de construcción de una central térmica de 800 mw, en ciclo combinado, para gas natural, y una planta de regasificación de gas natural licuado, en Punta Lucero, término municipal de Zierbena (Vizcaya), promovidos por Bahía de Bizkaia Electricidad y Bahía de Bizkaia Gas, respectivamente. (BOE 297 de 2000-12-12)».
- Símbolos erróneos: Hm 3 /año (debe decir hm 3 /año); Mw (debe decir MW). Publicado en «Resolución de 12 de septiembre de 2000, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de construcción de una central térmica de 1.200 Mw, en ciclo combinado, para gas natural, y una planta desalinizadora de 6 Hm 3 /año, en el “Fangal”, término municipal de Cartagena (Murcia), promovida por “AES Energía Cartagena, S. R. L.”. (BOE 242 de 2000-10-09)».
- Símbolos erróneos: KV (debe decir kV) y MWp (debe decir MW pico o punta). Publicado en «Anuncio [de 2018-05-21] del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno de Sevilla por el que se somete a información pública la declaración en concreto de utilidad pública de la instalación fotovoltaica LA ISLA (157,5 MW nominales y 182,5 MWp), SUBESTACIÓN LA ISLA (30/220 KV) Y LÍNEA DE INTERCONEXIÓN (220 KV) en el término municipal de Alcalá de Guadaira (Sevilla) cuyo promotor es NOVASOL INVEST LA ISLA SL. (BOE 127 de 2018-05-25)» (figura 2).
La tabla 13 es ligeramente distinta a la anterior: al ser los símbolos iguales, la división se hace entre unidades (Significado 1) y prefijos (Significado 2).
12.2. Errores en diccionarios
Le inclusión de este grupo se debe a la adjudicación a este tipo de escritos de un plus de autoridad intelectual, siendo, por tanto, los errores doblemente perjudiciales.
12.2.1. Errores SI en el Diccionario inglés-español sobre tecnología nuclear
59 La tabla 14 es una tabla-guía que sistematiza la variedad de errores que aparecen en el texto citado referidos en la columna «Error».
La tabla 15 60 se refiere únicamente al análisis desde el punto de vista de la corrección en el empleo del SI tal y como aparecen descritos en la Tabla I de la edición de 1999 (págs. 327-328) y en lo que parecer ser el apéndice A-II Units Unidades (págs. 543-547 de la edición de 2008).
En cuanto a los valores numéricos, las fuentes empleadas para las constantes físicas fundamentales han sido los del CODATA, 1986 (Cohen y Taylor, 1987) para la edición de 1999, del CODATA, 2002 (Mohr y Taylor, 2005) para la edición de 2008 y la Statutory Instrument No. 1804, 1995 para las unidades británicas.
12.2.2. Errores SI en el Diccionario Español de la Energía
61 Este diccionario contaba sobre el papel con una serie de bazas para lograr una obra fundamental:
- Dos directores de reconocido prestigio científico y técnico, uno de ellos (Martín Municio) académico de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales y de la Real Academia Española y el otro (Colino Martínez) de la Real Academia de Ingeniería.
- Informado favorablemente por dos reales academias: la de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales y la de Ingeniería.
- Auspiciado por tres ministerios: Asuntos Exteriores, Economía y Ciencia y Tecnología.
- Once organizaciones patrocinadoras.
- Diez organizaciones colaboradoras,
- Una Dirección Lexicográfica con cuatro personas en el equipo lexicográfico y técnico.
- 67 autores de artículos especiales 62 .
El análisis concierne exclusivamente al Apéndice II Unidades (págs. 813, 814 y 815) de modo que los errores de la tabla 16 63 se refieren únicamente a las unidades de medida. Existen otros errores que deberían ser corregidos en futuras ediciones, ya que no lo han sido en la segunda, pero su tratamiento se sale del marco de este artículo.
Prácticamente todos los errores de la tabla 16 hubieran podido evitarse sin más que consultar el Diccionario de la Lengua Española , la 3.ª edición del Vocabulario Científico y Técnico (RACEFYN, 1996) y la edición de 1998 del CODATA (Mohr y Taylor, 2000).
La organización del Apéndice incluye los ocho apartados, que se indican en la columna 4, siguientes:
- 2.1. Unidades fundamentales del SI.
- 2.2. Unidades suplementarias del SI.
- 2.3. Unidades derivadas del SI.
- 2.4. Unidades derivadas del SI que tienen nombres especiales, empleadas en sus campos propios.
- 2.5. Unidades admitidas junto a las del SI.
- 2.6. Unidades especiales.
- 2.7. Unidades del sistema CGS.
- 2.8. Prefijos para formar los múltiplos y divisores en el SI.
12.2.3. Errores SI en Energía del septenio 2005-2011
No se debe descartar la posible influencia del Diccionario Español de la Energía en la publicación anual del Foro Nuclear «Energía» del periodo 2005-2011 ambos inclusive y aunque no siendo un diccionario, se incluye aquí. La tabla 17 describe el empleo erróneo en español de los nombres de las unidades. Además, en la publicación del 2005 aparecen br por bar, ergi por ergio, gausi por gauss y neutronio por newton.
12.3. Errores ortográficos
12.3.1. El valor numérico y la unidad de medida deben ir separados por un espacio
Redacción errónea: 400kV (debe decir 400 kV). Publicado en «Resolución de 20 de febrero de 2018, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto Aumento de capacidad de transporte de la línea eléctrica a 400kV Aragón-Mequinenza, en las provincias de Teruel y Zaragoza. (BOE 053 de 2018-03-01)».
No debe pensarse que este error es exclusivo de la Administración. Un error más difundido y que aparece en los medios de comunicación es el de omitir el espacio cuando la unidad es el tanto por ciento (%).
12.3.2. Tres casos en los que la coma no es el separador decimal
Los tres textos que aparecen a continuación son ejemplos de un uso incorrecto del separador decimal. En el primer caso se trata de un punto (.). En el segundo es el símbolo de la adición (UNE-EN ISO 80000-2:2013, p. 18), lo que al realizar la operación se obtendría «976 al 828 y 536 al 55». El tercero es uno de los símbolos de la división, de modo que al realizar la operación resultaría 1,459.
- El punto (.). Publicado en «Anuncio [de 2108-07-06] del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Extremadura por el que se somete a información pública el Estudio de Impacto Ambiental y la solicitud de Autorización Administrativa Previa con Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de una Planta Generadora Fotovoltaica de 263.75 MW y su infraestructura de evacuación. (BOE 172 de 2018-07-17)» 64
- El signo de la adición (+). Publicado en «Anuncio [de 2018-09-03] de formalización de contratos de: Dirección General de Carreteras. Objeto: Rehabilitación estructural. Rehabilitación estructural del firme en la carretera N-642. Puntos kilométricos 26+950 al 28+800 y 36+500 al 55+000. Tramos: varios”. Provincia: Lugo. Expediente: 51.31/17; 32-LU4790. (BOE 217 de 2018-09-07)».
- Uno de los signos de la división (/). Publicado en «Resolución de la Secretaría General de Infraestructuras de fecha 10 de septiembre de 2018 por la que se abre Información Pública correspondiente al Expediente de Expropiación Forzosa 186ADIF1897, motivado por las obras del “Proyecto constructivo de supresión del paso a nivel n.º 61 (PK 496/340), en la Red de FEVE. Línea Santander-Llanes. Municipio de Alfoz de Lloredo (Cantabria)”, en el término municipal de Alfoz de Lloredo (Cantabria). (BOE 231 de 2018-09-24)».
12.3.3. Los múltiplos de superficies y volúmenes
El grupo formado por un símbolo de prefijo y un símbolo de unidad constituye un nuevo símbolo de unidad inseparable (formando un múltiplo o un submúltiplo de la unidad en cuestión) que puede ser elevado a una potencia positiva o negativa y que puede combinarse con otros símbolos de unidades compuestas.
Como ejemplo de los extravagantes resultados que pueden lograrse con el olvido de esta regla en el caso de superficies (cuadrados) y volúmenes (cubos), véase, por ejemplo, Vera Aparici (2016, p. 151-154).
Las tres columnas de la tabla 18 ofrecen los criterios del BIPM en cuanto al tratamiento del conjunto de símbolos prefijo-unidad. La primera columna procede de la quinta edición (1985, p.17) de Le Système International d’Unités , en tanto que la segunda procede de la traducción española de la octava edición (2006, p. 32) y la tercera de la traducción de la novena (2019a, p. 30). Obsérvese que en la traducción de 2006 falta el texto para formar símbolos de unidades , que debe ser incluido antes de la última palabra.
El olvido de los textos anteriores supuso, por ejemplo, que Hoekstra y Chapagain (2007, p. 39) escribieran: « The global water footprint is 7450 Gm 3 /yr, which is 1240 m 3 /cap/ yr in average ». Para realizar el análisis de la unidad de medida (Gm3) asociada al valor numérico (7450), el primer paso es pasarla a metros cúbicos. Siguiendo el ejemplo del primero de los cuatro ejemplos que acompañan a los textos del BIPM (1985, p. 17 y 73) [1 cm 3 = (10 -2 m) 3 = 10 -6 m 3 ].
De acuerdo con él, 7450 Gm 3 = 7450 (Gm) 3 = 7450×(10 9 m) 3 = 7450×10 27 m 3 .
El segundo paso es referir la cifra obtenida al volumen equivalente de figuras tridimensionales de las que las más sencillas son la esfera y el cubo. En el caso de la esfera, el radio de ésta vale 12 115 905,793 kilómetros, es decir, unas 1902 veces el radio terrestre En el caso del cubo, la arista vale 19 530 742,654 kilómetros, es decir, el 13,06 % de la unidad astronómica. Vistas las cifras anteriores sólo cabe preguntarse ¿Dónde se halla el error?
La única explicación admisible es el olvido o el desconocimiento de los textos de la tabla 18 de modo que al separar erróneamente 10 9 de m 3 , 10 9 se convierte en el prefijo giga (G) que se une a los metros cúbicos para dar Gm 3 .
El proceso correcto es:
7450×(10 9 m 3 ) = 7450×(10 3 m) 3 = 7450 km 3
cifra no sólo 10 18 veces menor a la del documento, sino que corresponde con el orden de magnitud real y que dividida por 1240 m3/habitante arroja un valor de unos 6008 millones de habitantes del planeta, cifra acorde con las estadísticas disponibles.
12.4. Errores por el empleo de unidades fuera del SI y no autorizadas
12.4.1. El Bureau International des Poids et Mesures
Si se utiliza al BIPM para encabezar este apartado es porque ya en la primera edición (1970, p. 16) de Le Système International d’Unités (SI) se desaconsejaba el uso de las dos unidades citadas: la micra y la caloría.
12.4.1.1. La micra: la Unión Europea se desdice
El RD 0293/2018, que transpone la Directiva (UE) 2015/0720, ha sido una ocasión perdida de corregir en la transposición el error que supone el uso de la unidad de medida micra 65 (no perteneciente al SI de unidades) empleando el micrómetro (símbolo μm), la unidad correcta dentro del SI.
A esto hay que añadir que ninguna de las tres normas citadas indica la equivalencia SI del valor de la micra.
La micra y su símbolo (μ) fueron suprimidos por el CGPM en 1968 66 de modo que su reaparición tras más de medio siglo de ausencia sólo puede ser el resultado de una incoherencia legislativa europea, incoherencia que pone en entredicho el rigor de los controles de calidad en la redacción de la directiva y los esfuerzos en la «aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre unidades de medida» ya que ninguna de las ocho directiva relacionadas incluye la micra en ninguno de sus textos.
12.4.1.2. La caloría
El empleo en la actualidad de la unidad de energía caloría presenta tres problemas: el primero es que la Directiva 71/354/CEE disponía la desaparición de esta unidad, de su nombre y su símbolo el 31 de diciembre de 1977 a más tardar. Este precepto fue ratificado por la Directiva 76/770/CEE. A partir de la derogación de ambas directivas por la 80/181/CEE ya no se volvió a hablar de la caloría. El segundo problema es la no pertenencia al SI y el tercero es que no posee un valor único, tal y como lo muestra la tabla 19 67 68 . Únicamente los valores de la caloría International Table (IT) y de la termoquímica (th) son exactos por definición.
12.4.2. Unidades del British Imperial System
12.4.2.1. La pulgada
La Directiva 80/181/CEE dice: «Artículo 1 Las unidades de medida legales a los efectos de la presente Directiva que deberán utilizarse para expresar las magnitudes son:
… c) Las recogidas en el Capítulo III del Anexo, sólo en los Estados miembros en los que estaban autorizadas el 21 de abril de 1973, y hasta una fecha que establecerán solamente dichos Estados miembros. Dicha fecha no podrá sobrepasar un límite que establecerá el Consejo sobre la base del artículo 100 del Tratado antes del 31 de diciembre de 1989».
La Directiva 89/617/CEE, que modifica a la anterior, cambia la redacción de la letra c) del citado Artículo 1, quedando así: «las recogidas en el capítulo III del Anexo, únicamente en aquellos Estados miembros en que estuvieran autorizadas el 21 de abril de 1973 y hasta una fecha que establezcan esos Estados miembros. Esta fecha no podrá ser posterior al 31 de diciembre de 1994».
Como conclusión, y dado que las modificaciones posteriores de la Directiva 80/181/CEE no han intervenido en esta letra, la pulgada dejó de ser una unidad legal de medida en la Europa de la Unión el uno de enero de 1995.
Visto lo anterior, sólo cabe desear un esfuerzo coordinado entre todas las Administraciones para exigir que se expresen en centímetros (cm) o milímetros (mm), por ejemplo, el valor de la longitud de la diagonal de la pantalla de un aparato electrónico, el diámetro de los neumáticos de un vehículo o los diámetros en fontanería.
12.4.2.2. La onza troy
La masa de los metales preciosos no se expresa en kilogramos, sino en onzas troy y, al igual que el petróleo, el precio viene expresado en dólares estadounidenses.
12.4.2.3. El caballo de vapor
El empleo en la actualidad de la unidad de potencia caballo de vapor presenta tres problemas: el primero es que la Directiva 71/354/CEE disponía la desaparición de esta unidad, de su nombre y su símbolo el 31 de diciembre de 1977 a más tardar. Este precepto fue ratificado por la Directiva 76/770/CEE. A partir de la derogación de ambas directivas por la 80/181/CEE ya no se volvió a hablar del caballo de vapor. El segundo problema es la no pertenencia al SI y el tercero es que no posee un valor único, tal y como lo muestra la tabla 20 69 70 71 72 .
A esta unidad le es aplicable el texto del caballo de vapor, sin más modificación que sustituir la tabla 20 por la tabla 19.
La aparición de vehículos híbridos (motor de combustión y motor eléctrico) ha ido acompañada en ocasiones de incoherencia en la presentación de las potencias de los motores: la del motor de combustión en caballos de vapor y la del motor eléctrico en kilovatios.
12.4.3. Unidad del United States Customary System of Units
12.4.3.1. El barril de petróleo crudo
La información sobre el precio del petróleo crudo se da en una unidad de volumen (el barril estadounidense) que no pertenece al SI y en una moneda (el dólar estadounidense, USD, $) que no es el euro (EUR, €) de la Unión Europea.
El barril estadounidense (véase la tabla 11) equivale a: 0,158 987 3 m 3 .
Precio del petróleo crudo Brent con fecha 2020-06-228: 43,20 USD por barril (Fuente: https://www.eia.gov/dnav/ pet/hist/rbrteD.htm ).
Tasa de cambio euro/dólar estadounidense en la misma fecha:
EUR = 1,1213 USD (Fuente: Banco Central Europeo).
Precio del metro cúbico de petróleo crudo en euros: 43,20 $·barril -1 /(1,1213 $·€ -1 ×0,158 987 3 m 3 ·barril-1) = 242,33 €·m- 3 .
12.5. Otros errores
12.5.1. Masa y peso: dos magnitudes relacionadas, pero no idénticas
La masa es una magnitud básica cuya unidad es el kilogramo (símbolo kg), mientras que el peso (Fuerza con que la Tierra atrae a un cuerpo. Es igual a la masa pesante del cuerpo por la intensidad de la gravedad y, como ésta, depende del lugar que se considere) (RACEFyN, 1996, p. 767) es una magnitud derivada cuya unidad es el newton (símbolo N). Esta diferencia conceptual no impide que en el lenguaje corriente masa y peso, equivocadamente, se confundan. Otro error, no menos frecuente, es el de abreviar kilogramo (unidad de masa) a kilo (prefijo que significa mil veces).
- En la señal que aparece en la figura 3 se lee un texto difícilmente comprensible y por tanto difícilmente respetable: «CARGA MÁXIMA 1 TONELADA POR M/ 2 ». Dado que la tonelada (1000 kg) es una unidad de masa y que la expresión «POR M/ 2 » se debe reescribir como «m -2 », el resultado (1000 kg·m -2 ) es una densidad superficial que podría referirse a la de la losa de hormigón objeto de la señal.
No obstante, la carga se refiere al peso a soportar 73 de modo que se tiene:
1000 kg×9,806 65 m·s -2 /m -2 = 9806,65 N m -2 = 9806,65 Pa.
Como conclusión, en el texto de la señal debería leerse:
«Carga Máxima 9806,65 pascales» o bien «Carga Máxima 9,807 MPa».
- Algo similar sucede con la señal de la figura 4, en la que se lee «15 kg cm 2 ». El texto parece referirse a una presión, pero es una ilusión. Una masa (kg) multiplicada por una superficie (cm 2 ) no se corresponde con ninguna unidad.
Si se tratase de la unidad no perteneciente al SI kilogramo fuerza (símbolo kgf) y la superficie se hallase en el divisor (cm -2 ) como corresponde a una presión, la situación se transformaría en:
15×9,806 65 N×(10 -2 m) -2 = 1 470 997,5 N·m -2 = 1,471 MPa
12.5.2. Una unidad innecesaria: el punto kilométrico
En los apartados b) y c) anteriores del punto 13.6 aparece una sedicente unidad: el punto kilométrico, empleada para la designación de puntos o tramos en obras públicas lineales: carreteras, ferrocarriles y canales. Esta unidad presenta varias características:
- No pertenece al SI.
- A diferencia de las unidades verdaderas o de sus símbolos, el valor numérico va detrás (y no delante) de la unidad.
- No posee una única abreviación o símbolo, existiendo unas para el singular (pk, PK, PK.) y otras para el plural (ppkk, pp.kk.).
- No aparece en las ediciones 5.ª (1984), 6.ª (1991) y 7.ª (2002) de las traducciones españolas del Diccionario técnico vial de la A.I.P.C.R (Asociación Técnica de Carreteras) ni en la 8.ª (2007) de la Association mondiale de la route/world road association (AIPCR/PIARC) ni en el Tesauro de Carreteras (Lallana del Valle, 1993).
Cualquier punto o tramo de una obra pública lineal queda perfectamente definido indicando el nombre o código de la obra o infraestructura, el origen de la misma (el kilómetro cero) y la palabra kilómetro o de su símbolo (km) seguida del valor numérico si se trata de un punto o de los valores numéricos de los puntos inicial y final si se trata de un tramo (figura 5).
12.5.3. Una unidad a sustituir: el kilovatio hora
La unidad kilovatio hora (abreviadamente kWh) y otros múltiplos (MWh y TWh) no pertenecen al SI. La expresión debe interpretarse como el producto del valor de la magnitud potencia expresado en kilovatios (kW) multiplicado por el valor de la magnitud tiempo expresado en horas (h), resultando la magnitud trabajo .
Así pues, la unidad de dicho producto debe escribirse kW·h, siendo el valor de 1 kW·h en unidades del SI igual a:
1000 W×3600 s = 1000 J/s×3600 s = 3,6×10 6 J = 3,6 MJ
Las grafías kW/h, kw/h, Kw/h y similares son todas erróneas.
13. CONCLUSIONES
En los ciento setenta años transcurridos entre el Real Decreto [ de 1849-07-19 ] sancionando la ley de medidas y pesos, pasando por el Convenio del Metro y acabando en el RD 0493/2020, se ha evolucionado del Sistema Métrico Decimal a la novena edición del Sistema Internacional de unidades.
Sin embargo, y prueba de ello es el apartado 12 de este artículo, se producen incumplimientos e incoherencias sin que el Estado, que tiene competencia exclusiva sobre la «Legislación sobre pesas y medidas», según el artículo 149. 1.12.ª de la Constitución, intervenga para su subsanación.
Y no es por la ausencia de precedentes: en la Gaceta de Madrid n.º 247 de 1909-09-04, p. 456, una Real orden del Ministerio de la Gobernación a instancias del Ministerio Instrucción Pública y Bellas Artes dice: «S. M. el REY (q.D.g.) se ha servido disponer se signifique á V. E. lo conveniente de que por ese Ministerio de su digno cargo se dicten las órdenes oportunas para que en lo sucesivo no aparezcan en la GACETA anuncios ó providencias en que se cometan tales infracciones del mencionado Reglamento.»
«Lo que se publica en la GACETA DE MADRID para conocimiento de los Ministerios, Centros, Autoridades, Corporaciones y Dependencias que tengan obligación de hacer inserciones en este diario oficial y de ajustarse á las prescripciones del Reglamento 74 citado en la trascrita Real orden».
La aplicación, no sólo a los boletines oficiales de todos los ámbitos legislativos: nacional, autonómico y local (diputaciones provinciales y ayuntamientos), sino a toda la información escrita dirigida a los españoles sería una forma de incentivar el uso del SI.
De ser así, en los cinco años que faltan para el sesquicentenario del Convenio del Metro podrían convertir en innecesarios artículos como éste.
14. AGRADECIMIENTOS
Cuatro son las personas, todas ellas del CEDEX, a las que quiero manifestar mi agradecimiento: a Leticia Martínez Etayo, a Luis Pujol Terés, a Manuel Ramón García Sánchez-Colomer y a José-Carlos Pacheco Díaz.
15. FUENTES CITADAS
Asociación Técnica de Carreteras (1984). Diccionario técnico vial de la A.I.P.C.R. 75 Versión española. Madrid: Asociación Española Permanente de los Congresos de Carreteras.
Asociación Técnica de Carreteras (1991). Diccionario técnico vial de la A.I.P.C.R. Versión española. Edición corregida y aumentada. Madrid: Asociación Técnica de Carreteras.
Asociación Técnica de Carreteras (2002). Diccionario técnico vial de la A.I.P.C.R. Versión española. Madrid: Asociación Española Permanente de los Congresos de Carreteras.
Association Mondiale de la Route/World Road Association (AIPCR/PIARC) (2007). Technical dictionary of road terms = Diccionario técnico vial . Paris: PIARC Technical Committee on Terminology and Assistance to translation.
Beigbeder, F. (1952). Conversiones metrológicas entre los sistemas Norteamericano, Inglés, Métrico Decimal, Cegesimal y Giorgi: 10.000 interconversiones, 320 Tablas = Metrological conversions between the American, English, Metric Decimal, Cegesimal and Giorgi systems: 10.000 interconversions, 320 Tables. Madrid: Castilla.
BIPM (1970). Le Système International d’Unités. Sèvres: Bureau International des Poids et Mesures.
BIPM (1985). Le Système International d’Unités. Sèvres: Bureau International des Poids et Mesures.
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Convenio firmado en París el 20 de mayo de 1875 para asegurar la unificación internacional y el perfeccionamiento del Sistema Métrico (Convenio del Metro) (GdM 009 de 1876-01-09).
Decreto de 01 de febrero de 1952 por el que se aprueba el Reglamento que a continuación se publica para la ejecución de la Ley de Pesas y Medidas, de 8 de julio de 1892, con las modificaciones introducidas por la Comisión Permanente de Pesas y Medidas (BOE 044 de 1952-02-13).
Directiva (UE) 2015/0720, del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2015 por la que se modifica la Directiva 94/62/CE en lo que se refiere a la reducción del consumo de bolsas de plástico ligeras (DOUE L 115 de 2015-05-06).
Directiva (UE) 2019/1258 de la Comisión de 23 de julio de 2019 por la que se modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo de la Directiva 80/181/CEE del Consejo en lo relativo a las definiciones de las unidades básicas del Sistema Internacional (DOUE L 196 de 2019-07-24).
Directiva 1999/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de enero de 2000 por la que se modifica la Directiva 80/181/ CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre unidades de medida (DOCE L 034 de 2000-02-09).
Directiva 2009/003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, por la que se modifica la Directiva 80/181/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre unidades de medida (DOUE L 114 de 2009-05-07).
Directiva 71/354/CEE del Consejo, de 18 de octubre de 1971, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre las unidades de medida (DOCE L 243 de 1971-10-29).
Directiva 80/181/CEE del Consejo, de 20 de diciembre de 1979, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre las unidades de medida, de derogación de la Directiva 71/354/CEE (DOCE L 039 de 1980-02-15).
Directiva 85/001/CEE del Consejo, de 18 de diciembre de 1984, por la que se modifica la Directiva 80/181/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre las unidades de medida (DOCE L 002 de 1985-01-03).
Directiva 89/617/CEE del Consejo de 27 de noviembre de 1989 por la que se modifica la Directiva 80/181/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre las unidades de medida (DOCE L 357 de 1989-12-07).
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