Vista Completa
Seguimiento y vigilancia ambiental de proyectos con incidencia ambiental
Resumen
Los estudios de impacto ambiental (EIA), una vez evaluados positivamente conducen a la declaración de impacto ambiental (DIA), en donde se establecen las medidas protectoras, correctoras y compensatorias a ejecutar para la realización del proyecto aprobado. El control de que dichas medidas se llevan a cabo correctamente se realiza mediante el programa de seguimiento y vigilancia ambiental (PSVA). En este artículo, se define la función de los PSVA, se concretan los elementos que se deben someter a vigilancia y control, y los procedimientos de control de las actuaciones aprobadas en la DIA. Debido a la dificultad de elaboración de PVSA, por la falta de referencias en la materia y, por la dificultad de identificar en detalle, en la fase de redacción del EsIA, las posibles afecciones de la obra sobre el medio ambiente, se exponen los aspectos a considerar en un PSVA: destinatario, acciones a desarrollar, instrumentos, personal y las técnicas disponibles para llevarlo a buen fin. Aunque por la diversidad y heterogeneidad de proyectos sujetos a EIA, la legislación ambiental no establece un PSVA tipo o sus elementos, en este artículo se propone, finalmente, un documento de referencia con los contenidos mínimos y pautas básicas a desarrollar referentes a factores ambientales (atmósfera, suelo, agua, vegetación, fauna, medio socio-económico, patrimonio cultural y arqueológico, paisaje y residuos), y a los métodos de control, indicadores y procedimientos de medición de dichos factores.